BORRADOR — pendiente de firma. Esta versión de la declaración todavía no está suscrita por el productor.
1. Sistema informático de facturación
| Nombre del sistema | Tierra Nautica Facturacion |
|---|---|
| Código identificador | TN |
| Versión | 1.0 |
| Funciona exclusivamente como VERI*FACTU | Sí |
| Permite su uso por varios obligados tributarios | Sí |
2. Componentes
Aplicación web en la nube (SaaS), accesible desde el navegador y sin instalación en el equipo del usuario. Servidor de aplicación PHP (Laravel), base de datos PostgreSQL independiente por cliente y cola de trabajos para la remisión a la AEAT. No incluye componentes de hardware.
3. Funcionalidades
- Emisión de facturas completas, facturas simplificadas y facturas rectificativas (por sustitución y por diferencias), con numeración correlativa por serie.
- Presupuestos y facturas proforma, que no son facturas y no generan registro de facturación.
- Generación de un registro de facturación de alta al expedir cada factura, y de un registro de anulación, con huella SHA-256 encadenada al registro anterior.
- Remisión automática de los registros de facturación a la AEAT (VERI*FACTU), con control de flujo, reintentos y subsanación de rechazos.
- Código QR tributario y leyenda «VERI*FACTU» en cada factura.
- Inalterabilidad de las facturas emitidas: las correcciones se hacen mediante factura rectificativa.
- Factura en PDF, envío por email y exportación en formato Facturae para las Administraciones Públicas.
4. Productor del sistema
| Nombre | Manuel Martínez Álvarez |
|---|---|
| NIF | 49037051Q |
| Dirección postal | C/ Juan de Acurio, s/n — 11540 Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), España |
5. Declaración
La persona productora declara, bajo su responsabilidad, que este sistema informático de facturación, en la versión indicada, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en las especificaciones publicadas en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que la desarrollan.
En Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), a (fecha pendiente de firma).
Manuel Martínez Álvarez